Circulación en rotondas


VIDEO  CITROEN

La utilidad de las rotondas va mas allá de las intersecciones convencionales, ya que la configuración geométrica de las primeras permite que se distribuya una mayor cantidad de vehículos hacia un mayor número de direcciones y en un mismo período de tiempo.
Además, reduce el número de puntos potenciales de colisión entre vehículos. También, permite limitar la velocidad de circulación, y con ello, la gravedad de los posibles accidentes, por ejemplo, en vías urbanas de circunvalación, con varios carriles para cada sentido, donde los conductores suelen circular a una velocidad superior a la permitida y aconsejable.
No obstante, para conseguir estos beneficios, es necesario saber aplicar correctamente las reglas del juego marcadas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 339/1990) y el Reglamento General de Circulación (RD 13/1992), a pesar de que ninguna de estas dos legislaciones hace referencia explícita a las rotondas ni aclara, de manera definitiva, cómo circular por ellas o abandonarlas ni dónde situarse, en función de la maniobra que se pretenda realizar.
La primera regla a tener en cuenta es la del artículo 21, apartado 2.c) de la Ley de Seguridad Vial, donde se indica que, en las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán preferencia sobre los que pretendan ingresar a ella.
Cuando aparecieron las primeras rotondas, esto supuso una fuente importante de conflictos, pues la regla general de ceder el paso en las intersecciones a los vehículos que se aproximen por la derecha ya no se cumple. La regla general es la indicada en el citado artículo 21. Si en alguna rotonda no se mantiene este criterio, deberá estar debidamente señalizado, pues la ausencia de señalización específica implica la aplicación de la regla general.

La segunda norma viene descrita en el artículo 17 de la Ley de Seguridad Vial. Allí se indica, aunque no se hace referencia explícita a las rotondas, que, cuando existan en la vía refugios, isletas o dispositivos guía, se circulará por la parte de la calzada que queda a la derecha de los mismos. Esto quiere decir que, siempre que ingresemos en una rotonda, deberemos hacerlo circulando en el sentido contrario a las agujas del reloj, aún cuando nuestro destino estuviese más próximo si lo hiciéramos en sentido contrario.
La tercera regla del juego es la que más conflictos suele ocasionar, ya que no aclara tanto como las dos anteriores. El artículo 14 de la citada Ley hace referencia a la utilización de carriles en vías, dentro de poblado, con varios carriles para un mismo sentido. Se indica que se podrá utilizar "el que mejor convenga" a su destino, pero no deberá abandonarse más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, etc. Como es ampliamente conocido, este artículo indica que, de manera general, aún cuando existan varios carriles, se deberá circular por el de la derecha, salvo para realizar ciertas maniobras.
Circular dentro de rotondas con varios carriles no cambia respecto a hacerlo en una vía rectilínea con varios carriles. El artículo 28 de la Ley de Seguridad Vial, en su apartado 2, indica que toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar. Además, se deberá seguir la norma expuesta en el artículo 109 del Reglamento General de Circulación, relativa a la indicación luminosa o de otro tipo que el conductor que pretenda realizar tal maniobra debe hacer para advertir al resto de conductores de sus intenciones.
Una vez aclaradas las reglas del juego, vamos a pasar a su aplicación práctica en la circulación diaria. La situación más sencilla se produce cuando accedemos, desde una vía con un solo carril para cada sentido, a una rotonda con un solo carril circular. En este caso, no existe problema de colocación y se seguirán los preceptos de ceder el paso al vehículo que ya está circulando dentro de ella y girar siempre en el sentido antihorario. Para dar fluidez al tráfico, se deberá indicar, con antelación, mediante señalización óptica, que vamos a abandonar la rotonda para que los conductores que pretenden ingresar en la misma no esperen innecesariamente.
Si la vía por la que se accede a la intersección regulada por rotonda es de dos o más carriles y la rotonda, lógicamente, también es de dos o más carriles, la elección de éste, en función de la dirección a tomar, es fundamental para sacar el máximo provecho de la rotonda.
Así, si pretendemos girar a la derecha o seguir de frente, deberemos situarnos en el carril de la derecha de la vía de acceso y circular también por el carril de la derecha dentro de la rotonda. Por supuesto, se deberá indicar previamente nuestra intención de abandonarla con el intermitente derecho.

Si, por el contrario, pretendemos realizar un giro a la izquierda o un cambio de sentido, deberíamos situarnos en el carril de la izquierda de la vía de acceso a la rotonda y circular por el carril interior de la misma, para posteriormente abandonarlo y pasar al carril exterior, un poco antes de la salida que pretendamos tomar. Lógicamente, todas estas maniobras de cambio de carril se deben realizar con la previa señal luminosa y respetando la preferencia de paso de los vehículos que se hallen circulando por el carril de la derecha.
Es importante recordar que, cuando se está circulando dentro de la rotonda y pretendamos efectuar un cambio de carril para abandonarla, no tenemos ninguna preferencia, pues se aplica el artículo 28, apartado 2, citado anteriormente.
Si, por las circunstancias del tráfico, no pudiésemos pasar del carril interior al exterior para abandonar la rotonda, deberemos seguir dando vueltas hasta que el tráfico nos permita realizar la maniobra con seguridad y sin entorpecer la circulación.
Desde el punto de vista de la regulación del tráfico, las rotondas son una buena solución, sólo superadas por los conocidos scalextrics, aunque deben reunir una serie de requisitos:
Diámetro no inferior a 30 metros
Densidad similar de tráfico en las vías que confluyen a la rotonda 
Número de carriles interiores en consonancia con los que a ellas confluyen
Si no cumplen alguno de estos requisitos, las rotondas pueden ocasionar más trastornos que ventajas. Un pequeño diámetro puede obligar a maniobras bruscas; una densidad de tráfico mayor en unas vías que en otras puede hacer difícil la incorporación del vehículo, o mayor número de carriles de acceso que la rotonda pueden hacer que ésta sea un cuello de botella.